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Firma del convenio para la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita para el 2021
10/01/2021Desde el día 1 de enero de 2021 entran en vigor los nuevos módulos de compensación económica por la actuación letrada en el ámbito de justicia gratuita, de acuerdo con el Convenio del colaboración firmado entre el Departamento de Justicia y el Consejo de la Abogacía Catalana.
El convenio supone un incremento del 1,5% lineal de todos los módulos.
Como mejoras, el convenio incluye:
- La equiparación del arte, 544 bis y del arte. 544 ter, a los efectos de acreditar la comparecencia por obtención de la orden de protección a la víctima (módulo 7b)
- La posibilidad de acreditar el módulo de gestiones previas por la interposición de la reclamación previa a la vía laboral, en los supuestos en que no se interponga reclamación ante el CEMAC o procedimiento judicial.
- También la posibilidad de justificar, como gestiones previas, la asistencia del letrado o letrada a la sesión informativa de mediación, prevista al arte. 233-6 del Código civil de Cataluña, introducida por la Ley 9/20, de 31 de julio de 2020, también en el caso de que no se tramite procedimiento judicial.
Podéis acceder a los módulos a través de la web del ICAT.