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Novedades en relación a los MASC y a los registros de personas conciliadoras y abogacía colaborativa
07/04/2025Os informamos de varias novedades que son de vuestro interés en relación con la aplicación de los MASC y en en cuanto a los registros de personas conciliadoras, abogacía colaborativa y resto de MASC:
Criterios que aplicará el Juzgado de Familia de Tarragona: la magistrada única de familia de Tarragona, Sra. María de Rocío Moreno de Viana Cárdenas nos ha comunicado, a fecha 4 abril de 2025, que se adhiere al documento “Unificación de criterios de los juzgados de familia de Barcelona respecto de aplicación de la LO 1/2025” aprobado por los jueces y magistrados de familia de Barcelona en fecha de 4 de abril y que coinciden con los otros partidos judiciales como Madrid.
Modificación de los requisitos para entrar a los registros de personas conciliadoras y abogacía colaborativa: Para la inscripción y causar alta en estos registros no se requiere el requisito de 3 años de ejercicio previo que se requieren para cursar alta al TOAD. Los únicos requisitos establecidos en el convenio es la superación de formación en conciliación (a acreditar a septiembre de 2025) y disponer de la formación en derecho colaborativo, respectivamente, ser abogado ejerciente y tener cubierta la #RC con la póliza del seguro. Estos criterios valen tanto por el turno de oficio como por el registro privado del Colegio.
Solicitud de alta al Servicio de Conciliación y Derecho Colaborativo
Sol·licitud de MASC para los benficiaris de la Justicia Gratuita: Los abogados del turno de oficio que reciban una designación para alguno de los procedimientos contemplados en esta ley podrán solicitar la intervención de un mediador, conciliador o profesional de derecho colaborativo llenando la solicitud de MASC para beneficiarios de justicia gratuita y enviarla por correo electrónico a la dirección to@icatarragona.com .
Este profesional será el encargado de acreditar el cumplimiento del requisito de procedibilitat a través de la correspondiente acreditación, que también servirá para justificar las sesiones realizadas a efectos de pago. En caso de que el abogado designado asista a las sesiones de mediación o conciliación, tendrá que acreditarlo para poder percibir el módulo 29.º
Si se llega a un acuerdo, habrá que justificar la formalización. En caso contrario, se acreditará la admisión de la demanda del procedimiento iniciado. Encontraréis toda esta información en el apartado del “Turno de Oficio “ de la web colegial.
Actualización de la solicitud de alta al registro privado de MASC del ICAT: hemos actualizado la solicitud de alta al registro privado de MASC que concreta los diferentes MASC, los ámbitos de aplicación y los partidos judiciales en los que se desea actuar. Es por eso que agradeceríamos a todas las personas que marcaron la opción de alta al registro privado de la solicitud, que nos la vuelvan a enviar por correo electrónico a secretaria@icatarragona.com.
Curso de Conciliación del CICAC: dada la multitud de inscripciones se han producido algunos cambios en la organización y criterios de superación del mismo con el objetivo de facilitar el acceso al diploma acreditativo:
- Las sesiones teóricas se podrán visualizar hasta el 24 de julio.
- Finalmente, las sesiones prácticas se prestarán en linea para evitar dificultades de logística y aforo de los colegios.
- No se requerirá ningún tipo de prueba final para superar el curso.
Para cualquier aclaración al respecto de estas novedades, podéis contactar directamente con la secretaría colegial y os atenderemos personalmente.