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La Comisión Mixta aprueba un protocolo sobre suspensión de actos judiciales por coincidencia de señalamientos en casos de maternidad, paternidad,matrimonio o defunción de un familiar del abogado/-da
14/01/2020La Comisión Mixta, reunida ayer a última hora de la tarde en la sede del Palacio de Justicia, ha aprobado un nuevo protocolo de criterios orientadores sobre la suspensión de actos judiciales por coincidencia de señalamientos de abogados o abogadas, en casos de maternidad, paternidad, matrimonio o defunción de un familiar.
Además de los casos de maternidad o paternidad, el protocolo prevé también la suspensión de señalamientos por tratamientos de fertilidad que requieren de una intervención clínica o de un período de reposo, con prescripción facultativa. Se contempla la suspensión cuando suponga una coincidencia con la celebración del matrimonio o la constitución como pareja de hecho, y el futuro señalamiento no se producirá antes de un período mínimo de quince días naturales.
Se propone además, la suspensión de señalamientos en casos de defunción, así como del funeral de una persona ligada en línea directa o colateral por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, y no se efectuará el futuro señalamiento hasta transcurridos de 3 a 5 días naturales.
Cuando el abogado o abogada esté de guardia del turno de oficio, esto podrá motivar que no se le señalen actos procesales por el período de guardia, o que se suspendan los actos procesales que señalen después de haberse asignado este servicio de guardia.
En los casos en que se haya producido suspensión, el órgano judicial, para evitar una ulterior suspensión, procurará contar con el acuerdo de abogados y abogadas para efectuar el nuevo señalamiento. En caso de pluralidad de partes, intervendrá el colegio correspondiente para encontrar una nueva fecha de señalamiento que será consensuada entre todos los abogados y abogadas intervinientes.
Tanto los Tribunales como los profesionales que intervengan en los procesos judiciales procurarán aplicar los presentes criterios orientadores con flexibilidad, para conseguir disminuir el número de suspensiones y minimizar los trastornos que ocasionen.
Poder conseguir un acuerdo para actualizar el Protocolo inicial, firmado en 2007, es la culminación de meses de trabajo al respecto y permitir recoger de forma más correcta las situaciones de suspensión de actos judiciales que lo requieran, adaptandolas a las circunstancias actuales.
Este protocolo ha sido aprobado con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial.
Documentación adjunta:
- Protocolo suspensión señalamientos actos judiciales