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La Fiscalía fija la responsabilidad del Ministerio Fiscal para el cumplimiento de las normas de protección de datos
23/01/2020La actuación del Ministerio Fiscal implica el tratamiento de datos personales y se plantea la necesidad de precisar determinados aspectos con la finalidad de unificar la protección de datos en el sector público conforme la normativa de la UE y, teniendo en cuenta, que a escala nacional ni la Ley Orgánica de Protección de Datos ni su Reglamento mencionan al Ministerio Fiscal.
El responsable del tratamiento es el Ministerio Fiscal porque es quien ha de responder de la infracción de la protección de datos y es siempre el responsable de su tratamiento. Recae sobre el Ministerio Fiscal, conforme el principio de responsabilidad proactiva, el deber de aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantir y poder demostrar que el tratamiento de datos se adecúa a la normativa.
La presente Instrucción deroga la Instrucción 6/2001, de 21 de diciembre, sobre Ficheros automatizados de Datos Personales Gestionadas por el Ministerio Fiscal.
Podéis consultarla clicando en el enlace adjunto.